Cuando vamos a afrontar la ejecución de una instalación eléctrica en media o Baja Tensión, que además ha de cederse a compañía, un sudor frío recorre nuestra espalda: tenemos por delante un largo camino salpicado de documentos, trámites, peticiones, visitas, reuniones, etc., pero no suframos en este punto más de lo necesario, ya se irán quemando las sucesivas etapas y llegaremos a buen puerto… O no?.
Si, claro que si, con este fin desde www.jacena.es queremos hacer un pequeño resumen de la tramitación y documentación necesarios, para que nuestro trabajo sea más fácil.
- APERTURA DE PETICIÓN DE SUMINISTRO.
Comienza nuestro periplo: lo primero es realizar la solicitud del suministro, para ello, necesitaremos enviar a la compañía ( normalmente a Nuevos Suministros), por correo electrónico para mayor rapidez (o bien por Registro de entrada) los documentos siguientes:
- Presolicitud según modelo oficialmente o similar.
- Plano de situación del suministro.
- Número de póliza o contador ( en el caso de “ampliaciones de potencia” o suministros existentes previamente).
- Prevision de cargas, desglosada a ser posible.
- Documento acreditativo de representación del solicitante, autorización a un tercero (según modelo o similar) y fotocopia del DNI.
2.- NÚMERO DE SOLICITUD.
Si toda la documentación anterior está correcta para la compañía, esta te obsequiará con un Número de Solicitud de Suministro, que nos servirá en adelante para tratar de nuestro expediente. También tendremos nuestro Tipo de Solicitud, por ejemplo:”Nuevo suministro”.
3.- CONDICIONES TÉCNICO-ECONÓMICAS.
Es la parte que más afecta al Cliente, dado que se trata de pagar, según la regulación recogida en el RD 1073/2015 por el que se modifican distintas disposiciones en los reales decretos de retribución de redes eléctricas.
Estas recogen aspectos como son:
- El Punto de conexión a la red de distribución de compañía, su denominación y la tensión de suministro.
- Los trabajos a realizar en la red de distribución, que suelen ser de dos tipos:
a) Adecuación, refuerzo y reforma de las instalaciones de la red existente en servicio, los cuales serán a cargo del Cliente y cuya ejecución está reservada a la compañía suministradora.
b) Extensión de red entre el Punto de conexión y el lugar de consumo. También a cargo del Cliente, pero opcionalmente este trabajo podrá ser realizado por una empresa instaladora autorizada (en este caso, habrá que abonar a la compañía las sucesivas inspecciones necesarias para la correcta ejecución de la instalación).
Debe procederse a abonar el coste de dichos trabajos, el cual vendrá recogido en un detallado presupuesto elaborado por la compañía, pero ojo, debemos tener en cuenta lo que sigue.
4.– TRÁMITES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES.
Ya nos queda menos.
- Es procedente remitir a la compañía (Servicios Técnicos) una copia del proyecto técnico antes de visar, sobre todo en instalaciones complejas o que afecten a la red de Media Tensión, por ejemplo: un centro de transformación de abonado con seccionamiento para compañía.
- Una vez revisado el proyecto por la compañía y corregido por el técnico si procede, se puede visar y presentar en el Ayuntamiento correspondiente, dado que es preceptivo obtener una Licencia Municipal (vamos a ocupar un espacio público con canalizaciones, arquetas, centros de transformación, etc., que en muchos casos van a cederse a compañía).
- Es efectivo y además conveniente, mantener una reunión de trabajo con las partes afectadas: compañía, instalador, constructor, técnico y promotor. En la misma, se repasarán las pautas a seguir y los detalles concretos de la instalación que nos ocupa.
- Y a ejecutar con buenas prácticas constructivas, no sin olvidar invitar a la compañía a revisar los trabajos (que luego al final es peor), eso sí, previo pago de las inspecciones.
5:- CESIÓN DE LAS INSTALACIONES.
Últimos pasos, pero no menos importantes.
- Una vez ejecutada la instalación, si procede, será necesario que un Organismo de Control Autorizado (OCA), proceda a realizar la Inspección Inicial de la misma, convenientemente en compañía del instalador y del técnico.
- Si esta última es favorable ( en caso contrario previamente habrá que subsanar los defectos), la empresa instaladora emitirá el Certificado de Instalación y los técnicos correspondientes el Certificado de Final de Obra y el Certificado Energético Andaluz.
- Dichos documentos: Inspección Inicial, Certificados, Licencia Municipal (no se nos olvide), Autorización administrativa del proyecto si procede, Permisos de paso de los propietarios afectados y dos copias del Proyecto previamente reformado, deberán ser remitidos a la compañía para su supervisión. Si todo es correcto, la compañía procederá a redactar el correspondiente Convenio de Cesión de Instalaciones, que deberá ser firmado por Compañía y Cliente.
- Con estos documentos y la identificación/autorización del Cliente (Anexo 1), se puede comenzar la tramitación telematica por PUES (Puesta En Servicio de las instalaciones), aquí en Andalucía, a través de la Oficina Virtual de la Consejeria de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
- Recomendamos desde aquí, en aras de mayor rapidez y menos complejidad, que este trámite se realice una vez obtenido el Convenio de Cesión, de manera que automáticamente se introduzcan los datos de la compañía en el trámite PUES.
- Una vez realizado el trámite, la instalación habrá sido autorizada por el Servicio de Energía correspondiente, pasa provisionalmente a la compañía, que en adelante será la encargada de su mantenimiento y operación.
- Esta Recepción Provisional o puesta en servicio real de la instalación, será efectiva una vez se hayan realizado las pruebas, ajustes y protocolos correspondientes. A partir comienza el Perido de Garantía de la instalación.
- La Recepción Definitiva será a los 12 meses, una vez finalizado el Plazo de Garantía y comprobado que la instalación funciona correctamente, la compañía tendrá plena responsabilidad de la misma. Si durante este plazo definido, se observará algún deterioro de la instalación, será a cargo del Cliente su reparación.
Es normal tener alguna duda, así que puedes contactarnos en el correo info@jacena.es, a través de nuestra web www.jacena.es o en las redes sociales: www.facebook.com/jacena.es y @jacena_sl
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